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FIJA PLANTA Y REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE INGRESO Y PROMOCION DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIDRAULICA

Texto vigente a fecha 1991-10-13

D.F.L. Núm. 140.- Santiago, 27 de Junio de 1991.- Visto: Las facultades que me confiere el Art. 8° de la Ley N° 19.020, dicto lo siguiente:

Decreto con fuerza de ley

Artículo 1

Artículo 1°. Fíjase la siguiente Planta de personal del Instituto Nacional de Hidráulica:

Planta/Cargo _____________ CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA

Director Ejecutivo 2 1

Directivos

Jefe de Departamento 3 1 Cargos de Carrera

Directivo 9 1 Directivo 11 1

Profesionales

Profesional 4 1 Profesional 5 2 Profesional 6 1 Profesional 7 3 Profesional 13 3 Técnicos

Técnico 10 1 Técnico 18 2 Administrativos

Administrativo 12 1 Administrativo 13 2 Administrativo 14 2 Administrativo 15 2 Administrativo 16 2 Administrativo 17 2 Administrativo 18 2 Administrativo 20 2 Administrativo 21 2 Administrativo 22 3 Administrativo 24 2

Auxiliares

Auxiliar 18 3 Auxiliar 19 3 Auxiliar 21 3 Auxiliar 22 4 Auxiliar 23 3 Auxiliar 24 2 Auxiliar 27 1

Artículo 2

Artículo 2°. Establécense los siguientes requisitos generales y específicos, para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA: Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Cargos de Carrera: Directivos: Grados 9° y 11° EUS., alternativamente. 1.- Los cargos Directivos grados 9° y 11° de la EUS, requieren desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa y/o Técnica o en cargos que hubieran pertenecido a Escalafones que han pasado a integrarlo, uno de los cuales deber ser cargo tope de esta planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas, o 2.- Estar actualmente ejerciendo funciones de Jefatura de carácter técnico o administrativo en el Instituto. Una vez que estos cargos queden vacantes, se elimina la alternativa 2. Profesionales El grado 4° EUS., Título de Ingeniero Civil con 10 años de experiencia o Ingeniero Civil con grado académico de Magister o Doctor otorgado por una Universidad del Estado o reconocido por éste. Un cargo Grado 5° EUS., Título de Ingeniero Civil con experiencia de cinco años o un Ingeniero Civil con grado académico de Magister o Doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocido por éste. Otro cargo Grado 5° EUS., Título profesional de aquellos que requieran Licencia previa y 15 años de experiencia en el Instituto.- Los cargos de grado 6° y 7° EUS., Título profesional con estudios Universitarios de 10 y 8 semestres, respectivamente. Los cargos grado 13° EUS., Título profesional con estudios universitarios de 6 semestres. Técnicos El cargo grado 10° EUS., Título de Técnico otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Los cargos grado 18° EUS., Título de Técnico otorgado por un Establecimiento de Educación Media, Técnico-Profesional. Administrativos Los cargos grados 12° y 13° EUS., requieren desempeño de a lo menos 10 años en el Instituto. El requisito de ingreso es de Licencia de Educación Media o equivalente. Auxiliares Haber aprobado la Educación Básica y estar en posesión de Licencia de Conducir, cuando corresponda.

Artículo 3

ESTABLECESE DOTACION MAXIMA LEGAL DEL SERVICIO AÑO 1991, según facultad regulada por el Artículo octavo, incisos segundo, tercero y sexto de la Ley 19.020, que se indica:

Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Hurtado Ruiz-Tagle, Ministro de Obras Públicas.- Pablo Piñera Echenique, Ministro de Hacienda Subrogante. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.