FIJA PLANTA Y REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE INGRESO Y PROMOCION DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DE PLANEAMIENTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
D.F.L. Núm. 145.- Santiago, 27 de Junio de 1991.- Visto: Las facultades que me confiere el Art. 8° de la Ley N° 19.020, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
ARTICULO 1°.- Fíjase la siguiente Planta del Personal de la Dirección de Planeamiento del Ministerio de Obras Públicas: Planta/Cargo
CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA
Director Nacional de Planeamiento
DIRECTIVOS -Jefe de Departamento -Jefe de Departamento -Jefe de Departamento -Jefe de Departamento
CARGOS DE CARRERA - DIRECTIVOS - Jefe Sección - Directivo - Directivo - Directivo - Directivo
PROFESIONALES
Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional Profesional
TECNICOS
Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico Técnico
ADMINISTRATIVOS Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo
AUXILIARES Auxiliar Auxiliar Auxiliar
Artículo 2
Establécense los siguientes requisitos generales y específicos, para el ingreso y promoción las plantas y cargos que se indican; Cargos Exclusiva Confianza: Título profesional otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Alternativamente y sólo para efectos del encasillamiento dispuesto en el inciso segundo del artículo 8° de la Ley 19.020, para el cargo de Jefe de Departamento grado 6° E.U.S. se requerirá encontrarse desempeñando funciones relacionadas con la Especialidad del cargo correspondiente, a la fecha de dictación de la Ley precitada. CARGOS DE CARRERA: DIRECTIVOS: JEFE SECCION 6°: Alternativamente: a) Acreditar un desempeño en la Planta Directiva. b) Acreditar título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. GRADO 9°: Desempeño de, a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos o de Administrativos, uno de los cuales debe ser en cargo tope de estas Plantas, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas, o acreditar un desempeño anterior en un cargo de la Planta Directiva en los grados 9° ó 10° EUS. GRADO 10°: Alternativamente: a) Acreditar un desempeño anterior en la Planta Directiva en los grados 11°, 12° ó 13° EUS. b) Desempeño de a lo menos 5 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos o Administrativos, uno de los los cuales debe ser en cargo tope de estas Plantas, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. GRADO 12°: Alternativamente: a) Desempeño de a lo menos 5 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos o Administrativos, uno de los los cuales debe ser en cargo tope de estas Plantas, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. b) Acreditar un desempeño anterior en la Planta Directiva en el grado 13° EUS. c) Estar ejerciendo actualmente una función de jefatura de carácter técnico o administrativo. En este caso el cargo al quedar vacante se proveerá acreditando exclusivamente los requisitos indicados en la letra a). GRADO 13°: Estar actualmente en un cargo de Jefatura grado 13 EUS. Estos cargos una vez que queden vacantes se transformarán en grado 12° EUS., uno en la Planta Técnica y otro en la Planta Administrativa.
PROFESIONALES: Los profesionales requerirán de los títulos respectivos otorgados por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Profesional 4° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto. Profesional 5° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público. Profesional 6° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil. Profesional 7° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil, Ingeniero de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social. El cargo vacante requerirá título de Ing. Civil, al ser provisto por primera vez. Profesional 8° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil, Ingeniero de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social, Sociólogo. Profesional 9° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil, Ingeniero de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social, Sociólogo. Profesional 10° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil, Ing. de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social, Sociólogo, Técnico Universitario, Bibliotecaria. De los cargos señalados, 2 de éstos requerirán expresamente de título profesional de Ing. Civil para ser provistos por primera vez. Posteriormente, los requisitos de estos cargos serán alternativos para todos los títulos profesionales ya señalados. Profesional 11° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. Civil, Ing. Comercial, Arquitecto, Contador Auditor, Administrador Público, Constructor Civil, Ing. de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social, Sociólogo, Técnico Universitario, Bibliotecaria. De los cargos señalados, 4 de éstos requerirán expresamente de título profesional de Ing. Civil, y 5 de título profesional Ing. Comercial, al ser provistos por primera vez. Posteriormente, los requisitos de estos cargos serán alternativos para todos los títulos profesionales ya señalados. Profesional 12° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Constructor Civil, Ing. de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social Sociólogo, Técnico Universitario, Bibliotecaria. Profesional 13° Alternativamente podrá ser provisto por los siguientes profesionales: Ing. de Ejecución, Geógrafo, Asistente Social, Sociólogo, Técnico Universitario, Bibliotecaria. De los cargos señalados, 1 de éstos requerirá expresamente de título profesional de Bibliotecaria para ser provisto por primera vez. Posteriormente, los requisitos de estos cargos serán alternativos para todos los títulos profesionales ya señalados. Profesional 17° Podrá ser provisto por Técnicos Universitarios. Se establece como requisito alternativo para la presente Planta entre los profesional Universitario diferente a los señalados precedentemente, para el personal en servicio a la fecha de
TECNICOS: En los cargos de la Planta de Técnicos se incluirán las especialidades que se señalan en cada grado, de acuerdo a los requisitos que se especifican: Técnico 9° Alternativamente: Contador A o programador A. 1 cargo requerirá al ser provisto por primera vez, la especialidad de Programador A. Posteriormente, esta plaza será alternativa para Programador A o Contador A. Técnico 10° Alternativamente: Contador A o Programador A. Técnico 11° Alternativamente: Contador A, Programador B, Operador de Computador A, secretaria A, Técnico con mención A. Técnico 12° Alternativamente: Contador B, Programador B, Operador de Computador A, Secretaria A, Técnico con mención A. Técnico 13° Alternativamente: Contador B, Programador B, Operador de Computador A, Secretaria A, Técnico con mención A. Técnico 14° Alternativamente: Contador B, Programador C, Operador de Computador A, Secretaria B, Técnico con mención B. Técnico 15° Alternativamente: Contador C, Programador C, Operador de Computador B, Secretaria B, Técnico con mención B. Técnico 16° Alternativamente: Contador C, Operador de Computador B, Secretaria B, Técnico con mención B. Técnico 17° Alternativamente: Contador C, Operador de Computador B, Secretaria B, Técnico con mención B. Técnico 18° Alternativamente: Contador C, Operador de Computador C, Secretaria C, Técnico con mención C. ESPECIALIDAD TECNICA REQUISITOS: Se requiere para todas las especialidades técnicas, Licencia de Educación Media o equivalente. I. CONTADOR GENERAL Los contadores A, B, y C, requerirán título de Contador o Contador General. Contador A 3 años como Contador B o 10 años de experiencia como Contador. Contador B 3 años como Contador C o 6 años de experiencia como Contador. Contador C 4 años de experiencia como Contador. II. PROGRAMADOR Los programadores A, B, y C requerirán acreditar curso de Programador de 4 semestres o 1.500 horas de estudios equivalentes. Programador A 3 años como Programador B o 3 años como operador A con experiencia de 3 años como Programador o acreditar una experiencia de 6 años como Programador. Programador B 2 años como Programador C o 4 años de experiencia como Programador. Programador C III. OPERADOR DE COMPUTADOR Los Operadores A, B, C y D deberán acreditar curso de Sistema Operativo y operación física de equipo mínimo 30 hrs. Operador A 2 años como Operador B Operador B 2 años como Operador C o 3 años como Digitador A o 4 años de experiencia como Operador de Computador. Operador C 6 meses de experiencia en el área computacional. Operador D IV. SECRETARIA Secretaria A Curso secretariado ejecutivo 500 horas, y curso Procesador de Texto, con desempeño de 3 años como Secretaria B o 6 años de experiencia como Secretaria Ejecutiva. Secretaria B Curso secretariado 300 horas y 2 años como secretaria C o 5 años de experiencia como Secretaria. Secretaria C Curso de Secretariado 200 horas. V. TECNICO CON MENCION Y DIBUJANTE TECNICO Técnico con Curso especialización de Técnico o de mención y Dibujante Técnico mínimo 4 semestres o dibujante título de Técnico Industrial egresado técnico A de Educación Media.
Técnico con Curso especialización de Técnico o de mención y Dibujante Técnico de 2 semestres dibujante mínimo o título de Técnico Industrial técnico B egresado de Educación Media.
Técnico con Título de Técnico con mención o de mención y Dibujante Técnico. dibujante técnico C
ADMINISTRATIVOS Los cargos de la Planta Administrativa requieren Licencia de Educación Media, o equivalente. AUXILIARES: Se requerirá contar con Educación Básica completa o equivalente. Adicionalmente deberá acreditarse. Grado 18° Alternativamente a) Cumplir la función de Mayordomo. b) Estar en posesión de Licencia de Conducir y acreditar experiencia de a lo menos 3 años en cargo de Chofer. Grado 19°: Alternativamente: a) Cumplir la función de Mayordomo. b) Estar en posesión de Licencia de Conducir y acreditar experiencia de a lo menos 1 año en cargo de Chofer. Grado 20°: Alternativamente: a) Estar en posesión de Licencia de Conducir. b) Cumplir función de auxiliar u otro servicio de aproyo.
Artículo 3
ARTICULO 3°.- Establécese Dotación Máxima Legal del Servicio año 1991, según facultad regularizada por el Artículo octavo, inciso segundo, tercero y sexto de la Ley 19.020 que se indica: - Dotación legal 1991, Ley 19.012 126
- Cupos de dotación para encasillar o contratar, en otros Servicios (Art. 8°. inc. 2° Ley 19.020) 7
- Cupos recepcionados para encasillar o contratar, provenientes de otros Servicios (Art. 8°. inc. 2° Ley N° 19.020) + 5 Total dotación del Servicio dentro de dotación MOP 1991. (Art. 8° inc. 6° Ley 19.020) 124
- Cargos para encasillar provenientes de planta adscrita del Art. 8° de la Ley 18.902, según inciso 3° Art. 8° de la Ley 19.020. + 24
Anótese, tómese razón, regístrese y comuníquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Hurtado Ruiz Tagle, Ministro de Obras Públicas.- Pablo Piñera Echenique, Ministro de Hacienda Subrogante. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.