CREA CARGO DE DIRECTIVO GRADO 5 EUS. ADSCRITO A LA PLANTA DE LA DIRECCION DE OBRAS PORTUARIAS, CONFORME AL ARTICULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY N° 18.972/90
CREA CARGO DE DIRECTIVO GRADO 5 EUS. ADSCRITO A LA PLANTA DE LA DIRECCION DE OBRAS PORTUARIAS, CONFORME AL ARTICULO 2° TRANSITORIO DE LA LEY N° 18.972/90 D.F.L. Núm. 151.- Santiago, 15 de Junio de 1990.- Visto: Lo prescrito en los artículos permanentes 1°, numeral 2, y 2° de la Ley N° 18.972, de 1990, que sustituye el artículo 7° de la Ley N° 18.834, de 1989; el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972/90 que modifica la Ley N° 18.834/90, que aprobó el Estatuto Administrativo; y la Resolución DOP (T.R.) N° 019, de 30-05-90; y Considerando: - Que la resolución DOP (T.R.) N° 19, de 30-05-90, acepta la Renuncia no Voluntaria presentada por el Ingeniero Civil señor Aurelio Hernán Rubio Méndez al cargo Directivo de Jefe de Departamento, grado 5°, Nivel I, de la Escala Unica de Sueldos, en Planta, de la Dirección de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas, a contar del 04 de abril de 1990. - Que el funcionario indicado servía un cargo, que por aplicación de la Ley N° 18.972/90, pasó a tener la calidad de exclusiva confianza; y - Que junto con presentar su renuncia no voluntaria, el señor Aurelio Hernán Rubio Méndez solicitó, además, acogerse a la opción de continuar desempeñándose en un cargo Directivo de igual grado adscrito a este Servicio, teniendo derecho a la misma remuneración que actualmente percibe, dejando vacante el cargo Directivo grado 5°, Nivel I, de la Escala Unica de Sueldos, en Planta, que ocupaba como Jefe de Departamento según el Decreto Supremo MOP N° 131, de 09-06-87; Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1
Créase, a contar del 04 de abril de 1990, el cargo de Directivo grado 5°, Nivel I, de la Escala Unica de Sueldos, adscrito a la Planta de la Dirección de Obras Portuarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972, de 1990, para ser servido por don Aurelio Hernán Rubio Méndez, RUN N° 0.241.990-4, con residencia en Santiago, cargo que constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa.
Artículo 2
Establécese, que por razones impostergables de buen servicio, el señor Aurelio Hernán Rubio Méndez asumió sus funciones, respecto del cargo adscrito creado en el artículo 1° del presente Decreto con Fuerza de Ley, en la fecha señalada.
Artículo 3
Declárase que las remuneraciones correspondientes continuarán pagándose en la forma acostumbrada por intermedio de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, de la Dirección General de Obras Públicas, con cargo a los Subtítulos: 21-01-001. Personal de Planta y 21-02-002. Asignaciones. TF: 09. TD5 N° 30673, de 25-04-90.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Hurtado Ruiz-Tagle, Ministro de Obras Públicas. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.
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