ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL INSTITUTO ANTARTICO CHILENO, AL ARTICULO 5° DE LA LEY 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
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D.F.L. Núm. 166.- Santiago 16 de Febrero de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente:

Decreto con Fuerza de Ley:

Artículo UNICO

Artículo único: Adécuanse las plantas y escalafones del Instituto Antártico Chileno a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:

SITUACION ACTUAL ESCALAFON/CARGOS

Jefe Superior Director

Directivos Superiores --------------------- Subdirector Científico III

Directivos ---------- Jefe Departamento Administrativo

Jefaturas A ----------- Jefe Departamento Difusión

Jefe Departamento Difusión

Jefe Oficina Regional II

Jefaturas B ----------- Jefaturas B

Profesionales ------------- Asesor Jurídico

Profesional

Profesional

Profesional

Profesional

Profesional

Profesional

Contadores ---------- Contador

Oficiales Administrativos ------------------------- Oficial Administrativo II

Oficial Administrativo II

Oficial Administrativo II

Oficial Administrativo II

Oficial Administrativo III

Oficial Administrativo III

Oficial Administrativo III

Mayordomos ---------- Mayordomo

Auxiliares ---------- Auxiliar

Auxiliar

Auxiliar

Auxiliar

ADECUACION SEGUN LEY N° 18.834

PLANTA/CARGOS

DE EXCLUSIVA CONFIANZA

Director

Directivos ---------- Subdirector

Jefe de Departamento

Jefes de Departamentos 9° 2

DE CARRERA ---------- Jefe de Sección

Jefes de Sección

Profesionales ------------- Profesionales

Profesionales

Profesional

Profesionales

Profesionales

Profesional

Técnicos -------- Técnico

Administrativos ---------------

Administrativos Administrativos

Administrativos

Administrativos

Administrativos

Administrativos

Auxiliares ---------- Auxiliares Auxiliares

Auxiliares Auxiliares Auxiliares

Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:

1.

Planta de Directivos: Título Profesional de una carrera de a lo menos nueve semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y acreditar experiencia en materias de la especialidad.

2.

Planta de Profesionales: Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y acreditar experiencia en materias de la especialidad. Sin perjuicio de lo anterior, un Profesional grado 5° requerirá título de Abogado. 3. Planta de Técnicos: Título de Técnico, otorgado por un Instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, de Educación Media Técnico- Profesional del Estado o reconocido por éste.

4.

Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente.

5.

Planta de Auxiliares: Educación Básica.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hernán Felipe Errázuriz, Ministro de Relaciones Exteriores.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Mario Scheggia Oteíza, Ministro Consejero, Director General Administrativo Subrogante.

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