ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RIO HURTADO
ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RIO HURTADO Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 333-19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por la Ley N° 19.321, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Río Hurtado a lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883, en la forma que se señala: ________ | NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.006 DEL DIA JUEVES | | 03 DE NOVIEMBRE DE 1994, PAGINA 5 | |________|
Artículo 2
De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la ley N° 19.280 modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Río Hurtado en el siguiente sentido: A.- Créanse los cargos que se señalan: Planta _________ Directivos Municipales Jefaturas Técnicos Administrativos Administrativos TOTAL CARGOS 7 B.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican: Planta Cargo Actual Modificado Cargos ___________ Directivos Municipal Municipal Administrativos Administrativo 13° 12° 1 Auxiliares
Artículo 3
Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Río Hurtado: Planta _____________ Alcaldes Directivos Municipales Profesionales Profesional Jefaturas Técnicos Administrativos Administrativo Auxiliares TOTAL CARGOS 21
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División de Municipalidades Departamento Legal Cursa con alcance decreto con fuerza de Ley 333-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Río Hurtado N° 36.242.- Santiago, 24 de octubre de 1994.- Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto mencionado en el rubro, haciendo presente que la rebaja de grado que se dispone respecto del cargo de administrador municipal, sólo ha procedido dado que en los registros de este Organo de Control consta que dicho empleo está vacante. Al respecto, cumple con hacer presente que el referido cargo no podrá ser provisto conforme con lo dispuesto en el artículo 4°, de la ley 19.280, si no que mediante el concurso público que ordena el artículo 26, de la ley 18.695, considerando que esta última norma contempla un procedimiento especial respecto del nombramiento en la aludida plaza. (Aplica dictamen 28.119, de 1994). Saluda atentamente a Us., Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro del Interior Presente.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
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