REAJUSTA AVALUOS DE BIENES RAICES EN EL PORCENTAJE QUE SEÑALA Y SUSPENDE APLICACION ARTICULOS 25° Y 26° DE LA LEY N° 17.235
Núm. 2.129- Santiago, 19 de Enero de 1978.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo 1
Artículo 1°- Los avalúos de los bienes raíces no agrícolas, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 4°, del decreto ley número 1.225, de 1975, modificado por el artículo 2°, del decreto ley N° 1.754, de 1977, entraron a regir el 1° de Julio de 1977, se reajustarán a partir del 1° de Enero de 1978, en el mismo porcentaje de variación que experimente el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de Julio y el 31 de Diciembre de 1977. En igual forma y porcentaje se reajustarán los avalúos vigentes al 1° de Julio de 1977 de los predios agrícolas; de los no agrícolas no comprendidos en el inciso anterior; de líneas, postaciones y cañerías, y los derechos de aseo domiciliario; como asimismo, los montos exentos y tramos de exenciones de los predios agrícolas y el monto de exención del artículo 5° del decreto ley N° 1.754, de 1977.
Artículo 2
Artículo 2°- Por el año 1978, los contribuyentes deberán pagar el impuesto territorial y la prestación por servicio de aseo contemplada en el artículo 18° de la ley 11.704, en cuatro cuotas, en los meses de Abril, Junio, Septiembre y Noviembre.
Artículo 3
Artículo 3°- Suspéndese por el año 1978 la aplicación de los artículos 25° y 26° de la ley N° 17.235.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- José Martini Lema, General de Aviación, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea subrogante.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda atentamente a U.- Fernando Alvarado Elissetche, Subsecretario de Hacienda subrogante.
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