SUBSECRETARIA DE GUERRA DEROGA INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 17 DEL DECRETO LEY N° 249, DE 1974

Rango Decreto Ley
Publicación 1978-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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SUBSECRETARIA DE GUERRA DEROGA INCISO SEGUNDO DEL ARTICULO 17 DEL DECRETO LEY N° 249, DE 1974 Núm. 2.334.- Santiago, 14 de Septiembre de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

Derógase el inciso segundo del artículo 17 del decreto ley N° 249, de 1974.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- César Benavides Escobar, General de División, Ministro de Defensa Nacional.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda. Lo que se transcribe para su conocimiento.- Renato Fuenzalida Maechel, Teniente Coronel, Subsecretario de Guerra subrogante.

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