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MODIFICA EL DECRETO LEY N° 2.544, DE 1979, QUE FIJO NORMAS PARA REUNIONES SINDICALES Y GREMIALES

Texto vigente a fecha 1979-05-01

MODIFICA EL DECRETO LEY N° 2.544, DE 1979, QUE FIJO NORMAS PARA REUNIONES SINDICALES Y GREMIALES Núm. 2.620.- Santiago, 25 de Abril de 1979.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; 991, de 1976, y Considerando: 1.- Que ha constituido una finalidad permanente del Supremo Gobierno el pleno desarrollo de las actividades sindicales y gremiales, lo que se evidencia con la dictación de diversos textos legales idóneos para obtener tal desarrollo, y 2.- Que la madurez demostrada por los trabajadores del país, en la correcta aplicación de dichas normas, permite avanzar hacia una próxima etapa de la nueva institucionalidad laboral, mediante la modificación de algunas disposiciones del decreto ley N° 2.544, de 1979, a fin de obtener una mayor expedición en el funcionamiento de las organizaciones sindicales, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

Reemplázase el artículo 2° del decreto ley N° 2.544, de 1979, por el siguiente: "Artículo 2°- Las reuniones ordinarias o extraordinarias de las organizaciones sindicales, sean éstas sindicatos, uniones, federaciones o confederaciones, se efectuarán en cualquier sede sindical fuera de las horas de trabajo, y tendrán por objeto tratar entre sus asociados materias concernientes a la respectiva entidad".

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- José Piñera Echenique, Ministro del Trabajo y Previsión Social. Lo que transcribo para su conocimiento.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.