MODIFICA LA LETRA G) DEL ARTICULO 53 DE LA LEY N° 17.382
Núm. 2.657.- Santiago, 9 de Mayo de 1979.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, y Considerando: Que la autorización para importar otorgada por la letra g) del artículo 53 de la ley N° 17.382, modificada por el decreto ley N° 1.488, de 1976, no fue ejercida en su oportunidad por el beneficiario, sin que las razones que la motivaron hayan perdido su vigencia. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo UNICO
Introdúcense las siguientes modificaciones a la letra g) del artículo 53 de la ley N° 17.382, modificada por el decreto ley N° 1.488, de 1976: a) Suprímese la expresión "Station Wagon", y g) Sustitúyense las expresiones "1975 ó 1976", por "1975 en adelante".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Subsecretario de Hacienda.