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MODIFICA EL ARTICULO TRANSITORIO DEL DECRETO LEY N° 478, de 1974

Texto vigente a fecha 1979-11-02

MODIFICA EL ARTICULO TRANSITORIO DEL DECRETO LEY N° 478, de 1974 Núm. 2.874._ Santiago, 10 de Octubre de 1979.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

La enajenación del terreno denominado "Limachito", ubicado en la comuna de Limache, provincia de Valparaíso, inscrito a nombre del Servicio de Bienestar Social de la Armada de Chile, a fojas 363, N° 448, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Limache, del 2 de Mayo de 1973, y de las viviendas construidas en él, deberá hacerse a la cooperativa de viviendas y servicios habitacionales mencionada en el inciso segundo del artículo transitorio del decreto ley N° 478, de 1974, con el objeto de que las viviendas sean asignadas a sus socios miembros de las Fuerzas Armadas en servicio activo o en retiro.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aerea.- ARTURO TRONCOSO DAROCH, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada subrogante.- MARIO MAC KAY JARAQUEMADA, General Subdirector, General Director de Carabineros subrogante.- César Benavides Escobar, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional. Lo que se transcribe para su conocimiento.- Carlos Acosta Ramírez, Capitán de Navío, Subsecretario de Marina.