CONCEDE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES QUE INDICA

Rango Decreto Ley
Publicación 1979-12-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
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Santiago, 20 de Noviembre de 1979.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley: Núm. 2.959.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, 527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

Concédese un nuevo plazo de ciento ochenta días a las personas a que se refieren las leyes N.os 16.446, 17.173 y 17.648, para impetrar los beneficios por ellas establecidos. Las pensiones que se soliciten dentro de dicho plazo se devengarán sólo a partir de la fecha de presentación de la respectiva solicitud.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE TORIBIO. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Alfonso Serrano Spoerer, Ministro del Trabajo y Previsión Social subrogante.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión Social.

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