MODIFICA DECRETOS LEYES N° 1.166, DE 1975, Y N° 1.770, DE 1977
MODIFICA DECRETOS LEYES N° 1.166, DE 1975, Y N° 1.770, DE 1977 Núm. 2.969.- Santiago, 5 de Diciembre de 1979.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo 1
Artículo 1°- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1980, en el inciso segundo del artículo único del decreto ley N° 1.166, de 1975, el guarismo "25%" por "45%".
Artículo 2
Artículo 2°- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1980, el inciso tercero del artículo 6° del decreto ley N° 1.770, por el siguiente: "En la Contraloría General de la República, la asignación corresponderá solamente a quienes ocupen los cargos de Contralor General, de Subcontralor y a los funcionarios de grados 2°, 3° y 4° de la Planta Directiva, Profesional y Técnica". Derógase, a partir de igual fecha, el inciso quinto del referido artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977.
Artículo 3
Artículo 3°- El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto ley se financiará con cargo a los recursos consultados al efecto en el Presupuesto del Sector Público del año 1980.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Pedro Larrondo Jara, Contraalmirante, Ministro de Hacienda subrogante. Lo que transcribo para su conocimiento.- Mario Duvauchelle Rodríguez, Capitán de Navío, JT, Secretario de Legislación de la Junta de Gobierno.