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MODIFICA DECRETO LEY N° 2.437, DE 1978, EN LO RELATIVO A APORTE PARA LA PREVISION SOCIAL

Texto vigente a fecha 1979-12-26

MODIFICA DECRETO LEY N° 2.437, DE 1978, EN LO RELATIVO A APORTE PARA LA PREVISION SOCIAL Santiago, 5 de Diciembre de 1979.- Hoy se decretó lo siguiente: Núm. 2.973.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

Reemplázase la letra b) del artículo 1° del decreto ley N° 2.437, de 1978, por la siguiente: "b) 3,88% para previsión social, sólo en los hipódromos de la Región Metropolitana de Santiago.".

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Pedro Larrondo Jara, Contralmirante, Ministro de Hacienda subrogante.- José Piñera Echenique, Ministro del Trabajo y Previsión Social. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión Social.