RENUEVA PLAZO PARA EJERCER FACULTAD QUE INDICA
Núm. 3.430.- Santiago, 2 de Junio de 1980.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo 1
Renuévase por el término de un año, a contar de la publicación del presente decreto ley, la facultad otorgada al Presidente de la República por el artículo 2° transitorio del decreto ley N° 3.063, de 1979.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Francisco José Folch Verdugo, Ministro de Justicia subrogante.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente a Ud.- Daniel Munizaga Munita, Subsecretario de Justicia subrogante.
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