RENUEVA FACULTADES QUE INDICA

Rango Decreto Ley
Publicación 1980-07-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Historial de reformas JSON API

Santiago, 17 de Junio de 1980.- Con esta fecha se ha dictado el siguiente decreto ley: Núm. 3.431.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:

Artículo UNICO

Renuévanse por noventa días, contados desde la publicación de este decreto ley, las facultades conferidas al Presidente de la República por los artículos 25, inciso primero, letra b); 28 y 34, inciso primero, del decreto ley N° 2.763, de 1979.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Alejandro Medina Lois, General de Brigada, Ministro de Salud Pública. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Alvaro Donoso Barros, Subsecretario de Salud Pública.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.