FACULTA AL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES PARA FIJAR CARACTERISTICAS DE VEHICULOS DE ALQUILER Y DEROGA DISPOSICIONES QUE INDICA
Núm. 3.517.- Santiago, 19 de Noviembre de 1980.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo 1
Artículo 1°- Corresponderá al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones fijar el color y demás características de los vehículos de alquiler.
Artículo 2
Artículo 2°- Derógase la ley N° 16.602, y los artículos 20° y 21° de la ley número 17.620.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Caupolicán Boisset Mujica, General de Brigada Aérea, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a US.- Enrique Yávar Martín, Coronel de Ejército (R), Subsecretario de Transportes.
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