MODIFICA DECRETO LEY N° 1.877, DE 1977
MODIFICA DECRETO LEY N° 1.877, DE 1977 Núm. 3.645.- Santiago, 6 de Marzo de 1981.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nos. 1 y 128, de 1973; 527 y 788, de 1974, y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile, en uso de la Potestad Constituyente, ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Artículo UNICO
Suprímese al final del artículo segundo del decreto ley N° 1877, de 1977, el punto y agrégase la siguiente frase: "y a la disposición vigésima cuarta transitoria de la Constitución Política de la República de Chile que regirá a partir del día 11 de Marzo de 1981.".
Regístrese en la Contraloría General de la República e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría y publíquese en el Diario Oficial.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Enrique Montero Marx, Ministro Subsecretario del Interior.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.