Por el cual se adiciona el Decreto número 770 de 1922
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que la Administración de las minas da esmeraldas de Muzo ha resuelto fundar una escuela nocturna para los obreros de las minas;
Que, por su naturaleza, dicha escuela es primaria nacional, y que en ella deben regir el pensum y los textos oficiales,
decreta:
Artículo único. Reconocer como Primaria Nacional para los efectos del Decreto número 770 de 1922, la escuela nocturna para obreros que se ha fundado en las minas de Muzo.
En consecuencia, el Ministerio de Instrucción Pública proveerá, dicha escuela de lo-j texto, y útiles de enseñanza que necesite.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de enero de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Secretario .de! Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, encargado del Despacho, Elías GUTIERREZ
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