Por el cual se declara turbado el orden público y se extiende a todo territorio nacional el estado de sitio que actualmente rige para algunos Departamentos y Municipios

Rango Decreto
Publicación 1961-10-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, oído el concepto favorable del Consejo de Estado, y

CONSIDERANDO:

Que se han venido sucediendo en distintos lugares de la Nación hechos perturbadores del orden público;

Que algunos de esos actos, caracterizados por el uso de la fuerza y por manifestaciones de franca rebelión contra la Constitución y las leyes, han sido controlados momentáneamente, pero cuyas consecuencias pueden constituir un riesgo para la seguridad del país y dificultar el normal desarrollo del proceso electoral mediante el cual han de renovarse los Poderes Públicos de origen electivo;

Qué es un deber del Gobierno asegurar la paz y anular los actos de conmoción interior, con mira especialísima al mantenimiento del orden republicano y las garantías democráticas,

DECRETA:

Artículo primero. Declárase turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional.
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de octubre de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Gobierno, Fernando Londoño y Londoño.-El Ministro de Relaciones Exteriores, José Joaquín Caicedo Castilla.-El Ministro de Justicia, Vicente Laverde Aponte.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Misael Pastrana Barrero.-El Ministro de Guerra, Mayor General Rafael Hernández Pardo.-El Ministro de Agricultura, Hernán Toro Agudelo.-El Ministro del Trabajo, José Elias delHierro.-El Ministro de Salud Pública, Alvaro de Angulo.-El Ministro de Fomento, Aurelio CamachoRueda.-El Ministro de Minas y Petróleos, Víctor G. Ricardo.-- El Ministro de Educación Nacional, Jaime Posada.- El Ministro de Comunicaciones, Esmeralda Arboleda de Uribe.-El Ministro de Obras Públicas, Carlos E. Obando Velasco.

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