Por el cual se ordena ejecutar algunos trabajos en una vía nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.º De la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente para el camino del Sarare, se destinarán $500 para la reparación de dicha vía en la Comisaría de Arauca.
Artículo 2. º La administración de tales trabajos estará al cuidado del señor Comisario Especial de Arauca, funcionario que presentará al Ministerio de Obras Públicas informes mensuales sobre el adelanto de los mismos.
Artículo 3. º La suma de que trata el artículo 1.º de este Decreto se le girará al Administrador de Hacienda Nacional de Arauca, empleado que debe verificar los pagos de jornales y demás gastos que exijan los trabajos, rindiendo a la Contraloría General de la República cuenta debidamente comprobada de esas erogaciones.
Comuníquese y publíquese.
Dado de Bogotá a 30 de mayo de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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