Por el cual se modifica el Decreto número 919 de mayo 19 de 1967
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 77 de 1966, el Gobierno Nacional por Decreto número 919 de mayo 19 de 1967, dispuso de la distribución de la partida apropiada en el Capítulo 1071, Programa 1071, artículo 10701 del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Defensa Nacional para la presente vigencia;
Que el Ministerio de Defensa Nacional ha solicitado se modifique la distribución hecha en el Decreto número 919 de 1967, en el sentido de que el Proyecto 1 "para construcción de los Cuarteles del Grupo de Caballería Mecanizado número 5 Maza, en Cúcuta", se disminuya en $1.100.000.00 para atender con esta suma a la compra y reparación del edificio de Reclutamiento y Movilización, en Bogotá, cambio que ha sido aceptado por el Departamento Administrativo de Planeación, y
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales la modificación propuesta,
DECRETA:
Artículo 1° Modificar la distribución hecha en el Decreto número 919 de mayo 19 de 1967, en la siguiente forma:
Presupuesto de inversión
Ministerio de Defensa Nacional
CAPITULO 1071
Rama Técnica.
- A) Programas de Inversión Directa.
Programa 1071.
Construcción de edificios, pistas, rampas y hangares para el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Colombiana.
Inversión Directa. Recursos ordinarios.
| 564, 435. Artículo 10701. Construcción, terminación y ampliación de cuarteles, alojamientos, casinos, casas fiscales, escuelas, hospitales, pistas, rampas y hangares para el Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana, mediante distribución que hará el Gobierno por decretos especiales, previo estudio del Ministerio de Defensa, el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección Nacional del Presupuesto, | $ 5.000.000 |
|---|---|
| Proyecto 1° Para construcción de los Cuarteles del Grupo de Caballería Mecanizado número 5 Maza, en Cúcuta. | 3.660.000 |
| --- | --- |
| Proyecto 2. Terminación del edificio del Comando de la Escuela de Caballería en Bogotá. | 240.000 |
| Proyecto 3. Compra y reparación del edificio de Reclutamiento y Movilización en Bogotá | $1.100.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, AbdónEspinosa Valderrama.
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