Sobre autorización para la publicación de un folleto

Rango Decreto
Publicación 1949-05-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De conformidad con el artículo 21 de la Ley 141 de 194 8 se autoriza la publicación, por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, de un folleto de divulgación de las disposiciones reglamentarias del comercio de abonos, y de las instrucciones y normas técnicas sobre su empleo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de abril de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernánJARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Pedro CASTRO MONSALVO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.