Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1924-06-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Concédese al señor Harold Homan, Técnico de Aduanas contratado por el Gobierno, franquicia telegráfica por cincuenta palabras, para tratar los asuntos relaciona con su cargo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de Junio de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro De Correos Y Telégrafos, Manuel M. VALDIVIESO.

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