Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Desarrollo Económico), por $ 25.056.683.00
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1º de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos de funcionamiento e inversión, que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa; Que por medio de la Resolución ejecutiva número 197 de 1969, el Gobierno Nacional declaró sobrante y disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 25.056.683.00, en el presupuesto de gastos del Ministerio de Desarrollo Económico, con el objeto de reunir en una sola cantidad el aporte del Estado para la Corporación Nacional de Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 2700 de 1968;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 30 de 1969, por $ 25.056.683.00, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto - ley 1675 de 1964, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32823 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG 3.
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32823 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG 3.
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de junio de 1969.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.