por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Edificios Nacionales - Sanidad)
(ramo de Edificios Nacionales-Sanidad).
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único Créase el cargo de Medico de la Reconstrucción de Tumaco, con la asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800).
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 7 de abril de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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