Por la cual se dan autorizaciones al Departamento de Asistencia Social del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social

Rango Decreto
Publicación 1939-05-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

3°Que las autoridades de Boyacá y los vecinos de Muzo reclaman con urgencia el funcionamiento del Hospital.

6°Que se hace indispensable nombrar una Junta Directiva idónea, encargada de organizar con prontitud los servicios del Hospital,

DECRETA:

Artículo único. Facúltase al Departamento de Asistencia Social del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, para que nombre la Junta Directiva del Hospital Nacional de Muzo y le señale atribuciones.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de mayo de 1939.

EDUARDO SANTOS.

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión. Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA.

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