por el cual se distribuye una partida del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) por $ 27.501.760.00)

Rango Decreto
Publicación 1964-05-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto número 930 de 1964, se apropió la cantidad de $ 27.501.760.00, para la elaboración de los Censos de 1964, y se dispuso que sería distribuida por decreto especial, con la aprobación de la Dirección Nacional del Presupuesto;

Que el Departamento Nacional de Estadística ha propuesto la distribución de la partida de que se trata, en la forma que se establece en la parte resolutiva del presente Decreto, y Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha impartido su aprobación a la distribución propuesta,

DECRETA:

Artículo 1° La partida apropiada por medio del Decreto número 93D de 1964 (Capítulo 031, artículo 0325 - A), por $ 27.501.760.00, para la elaboración de los Censos de 1964, se distribuirá en la siguiente forma:
Gastos personales
a) Sueldos del personal de nómina en la presente vigencia $ 6.183.484.00
b) Pago de servicios de personal supernumerario (artículo 6°, Decreto-ley número 1628 de 1863) 12.445.860.00
c) Prima de Navidad 10.000.00
d) Subsidio de transporte 52.000.00
Gastos generales
e) Viáticos y gastos de transporte 2.000.000.00
f) Mantenimiento y aseguros 200.000.00
g) Compra de equipo 1.200.000.00
h) Servicios de comunicaciones 20.000.00
i) Servicios públicos 20.000.00
j) Materiales y suministros 2.000.000.00
k) Impresos y publicaciones (propaganda de los Censos) 1.500.000.00
1) Arrendamientos (inmuebles) 182.000.00
m) Arrendamiento de equipo 1.583.416.00
n) Comisión bancaria a la Caja de Crédito Agrario por manejo de fondos, según contrato vigente 105.000.00
Total $ 27.501.760.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1964.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Diego Calle Restrepo. El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Alberto Charry Lara.

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