Por el cual se restablecen los antiguos límites de unos Municipios
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
Visto el oficio número 373 del señor Gobernador de Quesada, en el cual solicita que se restablezcan los límites que antes de la expedición del Decreto número 482 de 26 de Abril último tenían los Municipios de Guatavita y Guasca y de Junín y Gachetá,
decreta:
Artículo único. Restablécense los límites que antes de la expedición del Decreto número 482 citado tenían los Municipios de Guatavita y Guasca y Junín y Gachetá.
Parágrafo. Queda, en consecuencia, derogado el Decreto á que se ha hecho mérito.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 25 de Agosto de 1906.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
dionisio ARANGO
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