Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1943-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

Considerando

Que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 14 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de hacienda y crédito Público para efectuar unos traslados entre las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en la nota número 919, procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Capítulo 15. Del artículo 107. Para atender a los gastos de conservación y mejoras locativas de los edificios y locales en donde funcionan las Penitenciarias, Cárceles de distrito y de Circuito Judicial, Reclusiones de Mujeres y Colonias Penales y agrícolas, y construcción de edificios en las Colonias Penales $ 3.000.00
Capítulo 16. Del artículo 124. Para compra de papel de imprenta, edad media, manila, cartulina, tintas y otros elementos de esta naturaleza para el servicio de la Imprenta y Litografía nacionales, en el año 3.686.46
Suman los contracréditos $ 6.686.46
Capítulo 14. Al artículo 98. Para útiles de escritorio, enseres y demás gastos de los reformatorios de Menores y escuelas de Trabajo a cargo de la Nación, en el año $ 3.000.00
Capítulo 16. Al artículo 125. Para útiles de escritorio, enseres y otros gastos de la Imprenta y Litografia Nacionales. 1.000.00
Capítulo 17. Al artículo 139. Para atender al pago de deudas de vigencias expiradas, como honorarios de los Conjueces, arrendamientos, medios sueldos y otros gastos de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Gobierno, excluido el ramo de Prisiones, que tiene apropiación especial 2.686.46
Suman los créditos $ 6.686.46
Artículo 2º el presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de mayo de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

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