Por el cual se determina el personal de empleados públicos dentro de la Planta de Personal del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales Satena

Rango Decreto
Publicación 1975-02-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de lo República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el Decreto-ley número 588 de 1974,

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 003 del 11 de diciembre de 1974, emanado de la Junta Directiva del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena" y cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 003 DE 1974

(diciembre 11)

por el cual se determina el personal de empleados públicos dentro de la Planta de Personal del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena".

La Junta Directiva del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena", en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto-ley número 2344 de 1971,

acuerda:

Artículo 1° Los empleos que a continuación se determinan serán desempeñados por personas que tengan la calidad de empleados públicos:

Gerente

Subgerente

Jefes de División

Almacenistas

Cajeros

Cajeros auxiliares

Tesoreros

Artículo 2° Los empleos determinados en el artículo anterior tendrán las siguientes asignaciones de conformidad con el Decreto-ley 588 de 1974:

Número de Cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo
1 Gerente I 32 10.000
1 Subgerente I 29 8.500
2 Jefes de división IV 28 8.000
1 Almacenista XI 22 5.000
1 Almacenista VII 18 3.450
1 Cajero IV 15 2.590
2 Cajeros auxiliares VII 11 1.770
1 Cajero auxiliar VI 10 1.610
1 Tesorero I 19 3.800

Artículo 3° Los sueldos señalados en este Acuerdo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo, los empleos permanentes de jornada parcial se remunerarán en forma proporcional al tiempo de trabajo.

Artículo 4° El Gerente del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena", tendrá derecho a gastos de representación en cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponda según lo establecido en el artículo 2° del presente Acuerdo.

Artículo 5° El Subgerente del Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena", tendrá derecho a gastos de representación en una cuantía equivalente a la quinta parte del sueldo que le corresponda según lo establecido en el artículo 2° del presente Acuerdo.

Artículo 6° La autoridad nominadora procederá de conformidad a las disposiciones legales y estatutarias vigentes, a designar el personal que debe ocupar los cargos que se establecen en este Acuerdo.

Artículo 7° El presente Acuerdo para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional mediante Decreto que llevará las firmas del Ministro de Defensa Nacional, la del Ministro de Hacienda y Crédito Público y la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Artículo 8° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y al tenor del artículo 19 del Decreto-ley 588 de 1974 surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de 1974, para los empleados que en dicha fecha estuvieren prestando sus servicios en el Servicio de Aeronavegación a Territorios Nacionales "Satena", y sean incorporados a los cargos que se establecen en el presente Acuerdo y, para quienes hubieren ingresado con posterioridad a ella, a partir de la fecha de su posesión.

Artículo 9° El presente Acuerdo deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los once (1) días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro (1974).

General Abraham Varón Valencia, Presidente Junta Directiva.

Tte. Coronel (r) Gilberto Sánchez López, Secretario".

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, pero surte efectos fiscales desde el primero (1°) de enero de mil novecientos setenta y cuatro (1974), y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los 23 de enero de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Ministro de Defensa Nacional, General Abraham Varón Valencia. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Jaime Lopera Gutiérrez.

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