Por medio del cual se fija una asignación y se determina la vigencia de un decreto

Rango Decreto
Publicación 1934-05-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y de acuerdo con las autorizaciones concedidas por la Ley 20 de 1933,

DECRETA:

Artículo 1º. A partir del 16 de mayo en curso, fijase en ciento sesenta pesos ($ 160) mensuales el sueldo del Secretario de la Prefectura de la Policía Judicial.
Artículo 2º. La vigencia del Decreto número 929, de fecha 4 de mayo del corriente año, sobre creación del cargo de Mecanotaquígrafa de la Secretaria de la Presidencia de la República y fijación del sueldo del Oficial Mayor de la Secretaria del Consejo de Ministros, sólo regirá hasta el 31 de diciembre próximo, que termina la vigencia del Decreto citado.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 14 de mayo de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Gabriel TURBAY

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