Por el cual se crea oficina de correos en Pinillos
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que para la mayor regularidad en la marcha de la Administración Pública resulta de conveniencia el establecimiento de una estafeta nacional en el Municipio de Pinillo, medida que el público ha solicitado con instancia,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase en Pinillos oficina de correos nacionales, la cual será servida por un Administrador, con sueldo mensual de veinte pesos ($20), y tendrá un peso ($ 1) para gastos de útiles de escritorio mensualmente.
Artículo 2.° Por la Dirección General de Correos y Telégrafos se hará el nombramiento del caso y se proveerá lo conveniente para la organización del servicio de dicho lugar.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 8 de Noviembre de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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