por la cual se aprueba la Planta de Personal de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -Corelca-

Rango Decreto
Publicación 1990-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 30 de 1989, emanado del Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -Corelca- , cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 30 DE 1989

(octubre 3)

por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -Corelca- y se determina el número de Trabajadores Oficiales.

El Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -Corelca-, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -Corelca- serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:

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