Por el cual se aprueba el marcado con el número 817, de 15 de Julio del corriente año, sobre precios de la sal marina
El vicepresidente de la Republica, encargado del Poder Ejecutivo.
Visto el decreto del Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar, y encontrando fundadas las razones que se tuvieren en cuenta para dictarlo,
DECRETA:
Artículo unico. Apruebase el Decreto de 15 de julio último, número 317, expedido por el jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar, por el cual se fija en $3 el precio de cada arroba de sal marina.
Dado en Bogotá, a 16 de Agosto de 1901.
JOSE MANUEL MARROQUIN
El Ministro de Gobierno,
Guillermo Quintero C.
El ministro de Relaciones Exteriores,
Antonio José Uribe
El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Instrucción Pública,
Miguel Abadía Méndez
El Ministro de Guerra,
Pedro Nel Ospina
El subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho,
José M. Cordovez M.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.