Por el cual se crea una oficina de Expendio de Especies Postales
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Créase una Oficina de Expendio de Especies Postales en la estación del Ferrocarril del Norte. El Expendedor tendrá la misma asignación que los Expendedores a que refiere el Decreto número 481 de 6 de marzo de 1919.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de mayo de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ.-- El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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