Por el cual se concede una franquicia postal

Rango Decreto
Publicación 1918-07-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Concédese franquicia por las líneas de los correos nacionales a las encomiendas que consistentes en productos y artículos del país, se envíen por los productores colombianos a la, Exposición Colombiana que se celebrará en el Museo de Newark, en el Estado de New Jersey, de los Estados Unidos de América.

Comuniquese y publíquese.

Bado en Bogotá a 5 de julio de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABAIDA MENDEZ.

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