por el cual se fija una asignación, se suprime una Oficina y se crea otra en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1914-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1.° Fíjase en $ 28 la asignación mensual del Telegrafista Administrador de Correos de Nocaima.
Artículo 2.° Suprímese la Oficina Postal y Telegráfica de Guarumo y créase la de Tamaná, con el mismo personal y asignaciones mensuales que hoy tiene la que se suprime.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 1.° de octubre de 1914.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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