Por el cual se modifican los Decretos 1871, 2394 y 2841 de 1960

Rango Decreto
Publicación 1961-05-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las facultades que le confieren los Decretos números 1423 y 1678 de 1960,

DECRETA:

Artículo primero. Sustitúyanse las denominaciones y grados ocupacionales de los siguientes cargos incorporados en la planta del Ministerio de Salud Pública por Decretos números 1871, 2394 y 2841 de 1960, así:

Despacho del Ministro:

Clase: Un Secretario Privado II, grado 8, por un Secretario Privado III, grado 9.

Clase: Una Secretaria Auxiliar III, grado 7, por una Secretaria Auxiliar IV, grado 8.

Secretaría General:

Clase: Una Secretaria Auxiliar II, grado 6, por una Secretaria Auxiliar III, grado 7.

Clase: Un Mensajero I, grado 2, por un Mensajero II, grado 3.

Dirección:

Clase: Una Secretaria Auxiliar II, grado 6, por una Secretaria Auxiliar III, grado 7.

Oficina Jurídica:

Grupo de Profesiones Médicas y Auxiliares.

Clase: Una Secretaria Auxiliar II, grado 6, por una Secretaria Auxiliar III, grado 7.

Rama Administrativa:

División de Servicios Generales.

Sección de Correspondencia.

Clase: Dos Auxiliares de Servicios Generales III, grado 3, por dos Auxiliares de Servicios Generales IV, grado 4.

Subdivisión de Drogas, Alimentos y Cosméticos.

Sección de Inspección.

Clase: Seis Químicos Farmacéuticos, III, grado 9, por seis Químicos Farmacéuticos IV, grado 10.

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de abril del presente año.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de mayo de 1961.

ALBERTO LLERAS.

Hernando Agudelo Villa, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Alvaro de Angulo, Ministro de Salud Pública; Francisco Tafur Morales, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

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