por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2012-05-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m y n del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Sociedades, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Superintendencia de Sociedades para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la Planta de Personal de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes cargos
Número de cargos Denominación Código Grado
Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente
Uno (1) Superintendente 0030 00
Cuatro (4) Asesor 1020 14
Tres (3) Asesor 1020 13
Tres (3) Asesor 1020 12
Tres (3) Asesor 1020 10
Dos (2) Asesor 1020 08
Uno (1) Asesor 1020 05
Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 4210 21
Dos (2) Auxiliar Administrativo 4044 13
Dos (2) Conductor Mecánico 4103 13
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
Dos (2) Superintendente Delegado 0110 20
Uno (1) Secretario General de Superintendencia 0037 20
Uno (1) Director de Superintendencia 0105 15
Siete (7) Intendente 0138 15
Dos (2) Jefe de Oficina Asesora 0125 16
Uno (1) Jefe de Oficina 2045 24
Diez (10) Profesional Especializado 2028 19
Catorce (14) Profesional Especializado 2028 17
Treinta y ocho (38) Profesional Especializado 2028 15
Treinta y siete (37) Profesional Especializado 2028 13
Ciento cuatro (104) Profesional Universitario 2044 10
Cincuenta y siete (57) Profesional Universitario 2044 06
Cuarenta y dos (42) Técnico Administrativo 3124 15
Treinta y nueve (39) Técnico Operativo 3132 13
Seis (6) Secretario Ejecutivo 4210 21
Veintiséis (26) Secretario Ejecutivo 4210 17
Veintinueve (29) Secretario 4178 14
Treinta y siete (37) Auxiliar Administrativo 4044 13
Cuatro (4) Conductor Mecánico 4103 13
Treinta y uno (31) Auxiliar de Servicios Generales 4064 07
Artículo 2°. Las funciones propias de la Superintendencia de Sociedades, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Número de cargos Denominación Código Grado
Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente Despacho del Superintendente
Uno (1) Superintendente 0030 25
Uno (1) Asesor 1020 16
Seis (6) Asesor 1020 15
Tres (3) Asesor 1020 14
Tres (3) Asesor 1020 13
Seis (6) Asesor 1020 11
Dos (2) Técnico Operativo 3132 14
Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 22
Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 14
Dos (2) Conductor Mecánico 4103 14
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
Cuatro (4) Superintendente Delegado 0110 23
Uno (1) Secretario General de Superintendencia 0037 23
Tres (3) Director de Superintendencia 0105 19
Uno (1) Subdirector Administrativo 0150 18
Uno (1) Subdirector Financiero 0150 18
Uno (1) Jefe De Oficina 0137 19
Siete (7) Intendente 0138 20
Dos (2) Jefe de Oficina Asesora 1045 13
Treinta y uno (31) Profesional Especializado 2028 20
Catorce (14) Profesional Especializado 2028 18
Treinta y ocho (38) Profesional Especializado 2028 16
Treinta y siete (37) Profesional Especializado 2028 14
Ciento cuatro (104) Profesional Universitario 2044 11
Ciento quince (115) Profesional Universitario 2044 07
Diez (10) Profesional Universitario 2044 01
Treinta y cuatro (34) Técnico Administrativo 3124 16
Treinta y dos (32) Técnico Operativo 3132 14
Siete (7) Secretario Ejecutivo 4210 22
Veinticinco (25) Secretario Ejecutivo 4210 18
Veintiséis (26) Secretario Ejecutivo 4210 15
Uno (1) Secretario 4178 14
Treinta y cinco (35) Auxiliar Administrativo 4044 14
Seis (6) Conductor Mecánico 4103 14
Treinta y uno (31) Auxiliar de Servicios Generales 4064 08
Artículo 3°. El Superintendente de Sociedades distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4º. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 760 de 2005 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios con derechos de carrera a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyen.
Artículo 7°. El presente Decreto rige a partir de un mes posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2508 de 1998, el Decreto 564 de 2001, el Decreto 3213 de 2002, el Decreto 1246 de 2004, el Decreto 4134 de 2005, el Decreto 4142 de 2005, el Decreto 4143 de 2005, el Decreto 4571 de 2005, el Decreto 2127 de 2006, el Decreto 2128 de 2006, el Decreto 2129 de 2006 y el Decreto 3804 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Sergio Diazgranados Guida.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.