Por el cual se suprime un empleo, se restablece otro y se dicta una disposición en el ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1911-11-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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en el ramo telegráfico.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Suprímese la plaza de Ayudante en la oficina postal y telegráfica de Anapoima, innecesaria por haberse eliminado la traslación que funcionaba allí.
Artículo 2.° Restablécese el empleo de Oficial de Correspondencia de la Sección 1.a, suprimido por Decreto número 1094 bis de 1910 (I.° de Diciembre), con la asignación mensual de $55.
Artículo 3.° El Oficial segundo de la misma Sección prestará en adelante sus servicios como Escribiente del Oficial Mayor de la Dirección General.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 9 de Noviembre de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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