Por el cual se nombra el personal de la Junta Administradora del Ferrocarril de Nariño en el nuevo periodo

Rango Decreto
Publicación 1928-06-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 825 de 1926, se nombraron los miembros principales y suplentes de la Junta Administradora del Ferrocarril de Nariño; que es el caso de darle cumplimiento al artículo 2.º de la Ley 62 de 1923; que la Asamblea Departamental de Nariño reunida en sesiones ordinarias en el presente año, en la ciudad de Pasto, ha comunicado al Gobierno Nacional las ternas correspondientes para el nuevo período; y que en tales ternas figuran los nombres de los señores Eliseo Zarama, Manuel María Rodríguez y José Antonio Llorente, como principales, y los señores Francisco Albán R, Gonzalo Guerrero y Pedro A. Peña, como suplentes,

DECRETA:

Artículo único. Nómbrase a los siguientes señores para integrar la Junta Administradora del Ferrocarril de Nariño, en el nuevo período de dos años que comienza:

Principales:

Doctor Eliseo Zarama

Doctor Manuel María Rodríguez; y

Doctor José Antonio Llorente.

Suplentes:

Doctor Francisco Albán R.

Don Gonzalo Guerrero; y

Don Pedro A. Peña

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de junio de 1928

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Sotero PEÑUELA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.