Por el cual se adiciona el Decreto 61 de 1981

Rango Decreto
Publicación 1981-02-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente d ela República de Colombia, en desarrollo de lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 de la Cons tituciónPolítica,

DECRETA:

Artículo 1 º.Sométese a la consideración del Congreso Nacional durante las sesiones extraordinarias del presente año, además de los proyectos de ley enumerados en el Decr eto 61 de 1981 los siguientes:
Artículo 2 º. Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 22 de enero de 1981.

JULIO CESARTURBAYAYALA

El. Ministro de Gobierno,

Germán Zea.

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