Por el cual se adiciona otro sobre el precio de Licores en la Comisaría del Putumayo

Rango Decreto
Publicación 1932-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Se aprueba el siguiente Decreto:

"DECRETO. NUMERO 24 DE 1932

"(mayo 17)

por el cual se adiciona el número 30 de 1931, julio 17, que fija el precio de los licores comisariales en los lugares fronterizos con los lugares o países extranjeros.

"El Comisario Especial del Putumayo,

en uso de sus atribuciones legales, y

"CONSIDERANDO

que el Corregimiento de El Encano, en esta Comisaría limita, en parte, con la República del Ecuador, de donde es posible introducir licores a muy bajo precio, con muy grave perjuicio para las rentas comisariales, por lo cual deberá hacerse extensiva a esa sección comisarial el Decreto número 30 de 1931, julio 17, sobre precio especial de los licores en las secciones fronterizas,

"DECRETA:

"Artículo único. Desde el 1° de junio próximo en adelante, el precio del aguardiente común o mistela, por cada un litro de mil gramos en la jurisdicción del Corregimiento de El Encano, será de ochenta centavos ($ 0-80) moneda corriente.

"Parágrafo. El expendio de licores en esta sección comisarial quedará sometido a las especificaciones de que trata el precitado Decreto número 30 de 17 de julio de 1931.

"Sométase a la aprobación del señor Administrador de Rentas de la Comisaría y a la del Gobierno, y si fuere aprobado, désele cumplimiento.

"Dado en Mocoa a17 de mayo de 1932.

"El Comisario Especial, Ricardo Cadavid. El Secretario de la Comisaría, Neftalí Eraso.

''Aprobado.

"El Administrador de Rentas de la Comisaría, Marceliano Villegas-El Secretario, Luis Eduardo Hoyos."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Irco (Anolaima) a 15 de junio de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.