Por el cual se crean unos cargos en el Tribunal Superior de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987 y oída la Comisión Asesora que ella estableció,
DECRETA:
Artículo 1º Créanse en el Tribunal Superior de Aduanas los siguientes cargos:
| 1 | Relator | Grado 15 |
|---|---|---|
| 1 | Escribiente | Grado 07 |
Artículo 2º Los empleados de que trata el presente Decreto serán elegidos por el Tribunal Superior de Aduanas para períodos iguales a los que tienen los actuales empleados de esta corporación y con las mismas categorías, privilegios y requisitos previstos en la ley para éstos, e igualmente quedarán sujetos a las disposiciones sobre Carrera Judicial.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de mayo de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Justicia,
Guillermo Plazas Alcid.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
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