Por el cual se autoriza el establecimiento de una Agencia particular de especies de timbre nacional en la ciudad de Barranquilla
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo único. Autorízase al señor Administrador de Hacienda de Barranquilla para que, además de la Agencia particular de especies de timbre nacional que tiene establecida en dicha ciudad, establezca otra en localidad lo más cercana posible a las Oficinas de la Intendencia Fluvial, en los términos del artículo 96 del Decreto número 894 de 1915.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de junio de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro de Hacienda, diego MENDOZA.
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