Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos de 1963 (Ministerio de Fomento-Superintendencia de Sociedades Anónimas), por $ 1.172.100.33
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que la Ley 1a de 1963 decretó un aumento en las asignaciones de los funcionarios públicos, y facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuestales con el objeto de dar cumplimiento a la misma;
Que al cierre del ejercicio fiscal de 1962, la Contraloría General de la República liquidó un superávit favor de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, por valor de $ 1.172.100.33, el cual, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto legislativo número 142 de 1951, constituye un recurso fiscal lo incorporado al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, que puede servir de base para la apertura de créditos adicionales al mismo;
Que la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, expidió el certificado de Disponibilidad número 04 de 1963, por $ 1.172.100.33, a fin de amparar los créditos presupuestales requeridos por la Superintendencia de Sociedades Anónimas, para dar cumplimiento a la Ley 1a de 1963;
Que el Consejo de Ministros ha impartido su aprobación a la apertura de los créditos de que se trata, y
Que se han observado las normas legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios
decreta :
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1963, con la cantidad de un millón ciento setenta y dos mil cien pesos con treinta y tre centavos ($ 1.172.100.33), moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 04 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO III-A
Recursos del Balance del Tesoro.
| Numeral 116. Superávit de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, correspondiente al ejercicio de 1962 | $ | 1.172.100.33 |
|---|---|---|
| Suman los recursos | $ | 1.172.100.33 |
| Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal en curso: | Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal en curso: | Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal en curso: |
| --- | --- | --- |
| Presupuesto de funcionamiento. | Presupuesto de funcionamiento. | Presupuesto de funcionamiento. |
| MINISTERIO DE FOMENTO | MINISTERIO DE FOMENTO | MINISTERIO DE FOMENTO |
| B. Rama Técnica. | B. Rama Técnica. | B. Rama Técnica. |
| CAPITULO 1013 | CAPITULO 1013 | CAPITULO 1013 |
| Superintendencia de Sociedades Anónimas. | Superintendencia de Sociedades Anónimas. | Superintendencia de Sociedades Anónimas. |
| Programa I. | Programa I. | Programa I. |
| Administración y control de las Sociedades Anónimas. | Administración y control de las Sociedades Anónimas. | Administración y control de las Sociedades Anónimas. |
| Servicios personales. | Servicios personales. | Servicios personales. |
| 101, 113. Artículo 10266. Sueldos del personal de nómina | $ | 794.040.00 |
| Programa II. | Programa II. | Programa II. |
| Asistencia social a empleados. | Asistencia social a empleados. | Asistencia social a empleados. |
| Transferencias. | Transferencias. | Transferencias. |
| 201, .321. Artículo 10280. Corpora-nóminas | 378.060.33 | |
| Suman los créditos | $ | 1.172.100.33 |
Artículo 3° El Presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de mayo de 1963.
guillermo leon valencia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz de Santamaría.
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