Por el cual se delega una facultad a los Gobernadores de los Departamentos
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
DECRETA:
Artículo único. Délegase á los Gobernadores de los Departamentos la facultad de conceder rebajas de pena por todos aquellos delitos de que conocen los Jueces Superiores de Distrito Judicial, que se reservó el Gobierno por el artículo 4° del Decreto número 173 de 1889 (Diario Oficial número 7,710).
Los Gobernadores de los Departamentos, al conceder tal gracia, procederán de acuerdo con las disposiciones del mencionado Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 14 de Noviembre de 1903.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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