Por el cual se traslada una partida del Departamento de Correos y Telégrafos al de Obras Publicas en el presupuesto de Gastos de bienio económico de 1905 y 1906

Rango Decreto
Publicación 1905-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

En ejercicio de facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládese en el Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1905 y 1906, del Departamento de Correos y Telégrafos, Capítulo 11, Artículo 37, al de Obras Públicas, la suma de $ 18,083, con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.

Departamento de obras publicas

Servicio de 1905 y 1906.

Capitulo 64

Gastos varios

Art. 384. Para gastos extraordinarios imprevistos $ 18,083
Suma $ 18,083
--- ---

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que de lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 2 de Septiembre de 1905.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

Pedro AntonioMolina

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