Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1922-07-29
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus atributos legales,

decreta:

Artículo único. Concédece franquicia telegráfica a The Colombia Railways & Cº Ltd. y de la Compañía Antioqueña de Transportes, para comunicar la llegada y salida de vapores.

Parágrafo. Los asuntos sobre correos que deba tratar dicha Compañía, se comunicará por conducto del Administrador General de Correos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de julio de1922

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Gobierno, Victor M. SALAZAR.

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