Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1º Que de la suma apropiada para atender a la función educativa en el territorio escolar del Amazonas y distribuida en el Decreto número 301 del año en curso, se halla sobrante la cantidad de $ 242-67, por haberse posesionado con algún retardo los Maestros de las escuelas de Atacuarí y Santa Clara; y
- 2º Que es conveniente aumentar la partida asignada en el citado Decreto de distribución, para material de construcción y muebles del Orfanatorio de La Pedrera,
DECRETA:
Artículo único. Destinase la cantidad de $ 242-07, sobrante en la partida para sueldos de Maestros en el territorio escolar del Amazonas, para aumentar la señalada en el Decreto 301 ya citado, para materiales de construcción y muebles del Orfanatorio de La Pedrera.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Dario ECHANDIA
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